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Si viví 7 años en una casa y pagué hasta el 12 y desocupé el 19, ¿debo de pagar esos 7 días de arriendo?
Salvo otro acuerdo con el propietario, (o cláusula despenalizando el desistimiento) independientemente de cuándo hayas abandonado el piso, debes pagar el plazo que hubieras contratado, o, si ya finalizó, y estás en uno de los años de prórroga, el plazo de la anualidad en vigor.
saludos - Papeleos Alquiler.