Mis futuros inquilinos me dicen q. quite de esta cláusula que adjunto (los 30 días). ¿Es normal o los perjuicios en caso de tener problemas pueden ser mayores?
Cláusula:
Dicha garantía mantendrá su vigencia, desde el día de su entrega , hasta el transcurso de los treinta (30) días siguientes posteriores a la fecha en que, extinguido el contrato de arrendamiento, ya sea por expiración del plazo convenido, por acuerdo entre las partes o por resolución judicial, la arrendadora reciba nuevamente la posesión jurídica y la entrega material del inmueble arrendado. Muchas gracias
Preguntado por:
teresa valcarcel
Hace 15 años
Categoría: Caseros
Respuestas (3)
proelite ha sido el primero en contestar //Mfan ha sido elegida Mejor Respuesta
Ramon Ruiz
casero/a
teresa,
Yo les diría a tus futuros inquilinos; "Yo me fío de vosotros, tanto como vosotros os fiéis de mí. Vosotros decís que me devolveréis la casa sin desperfectos y yo me los creo. Creeros también vosotros que yo os devolveré el aval, lo antes posible y dentro de esos 30 días que la ley concede como máximo"
No tienes tú porqué perder garantías. Serán buenas personas. Cuando lo sepas, prémiaselo en todo lo que puedas pero... ¿y si no lo son tanto?
No, lo normal es que en esos 30 días, verifiques el correcto funcionamiento de todas las cosas. no todas las cosas se ven a simple vista. por ejemplo, unos de mis inquilinos se fueron y hasta 20 días después, que se alquiló la vivienda no nos dimos cuenta que daba calambre la ducha por modificaciones en el cableado eléctrico. estas cosas no se ven a simple vista.
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