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no te preocupes por nada en absoluto.
si no lo has hecho ya, cambia el bombín de la cerradura, por si la propietaria tiene llave.
No le enseñes la vivienda a NADIE si quiere alguien comprar el piso que lo compre a ciegas.
Es tu vivienda y nadie puede entrar en ella si tu no quieres.NADIE.
Y si alguien lo compra a ciegas a ti no te afecta en absoluto, tu tienes un contrato valido por 5 años y no cambia nada en absoluto en ese contrato, sólo cambia la persona a la que le pagarás a partir de ahora y hasta cumplir 5 años viviendo ahí, sólo eso.
Ni pueden echarte ni el nuevo propietario puede poner clausula de necesidad...el contrato es el que hay y es el valido.
No digital07.
en un alquiler enmarcado en la lau 95, no podría "decir que es su vivienda para emanciparse" Tendrá que esperar los 5 años. O incentivar al inquilino para que acepte irse. O no comprar ese piso.
saludos - Papeleos Alquiler.
Un punto sobre este tema es. Ya que se subrogar los derechos y obligaciones al nuevo propietario, éste podría decir que necesita (aunque habría que deifnir necesidad, supongamos que es la primera compra de una vivienda de una persona que se quiere emancipar) la vivienda, en cuyo caso, podrían echar al inquilino ¿Es o no cierto?