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voy a alquilar mi piso y me voy a mudar a otro que he comprado. pero mi duda es que si por algun motivo (paro ,enfermedad...) necesitara urgentemente dinero, podria avisando al inquilino con antelacion de la situacion vender el piso a el mismo o a otra persona para disponer de efectivo antes de se acabe el tiempo de contrato firmado por ley. puedo incluir esta clausula en el contrato?
Preciso que en mi respuesta te dije la clausula de necesidad para el propietario o familiares de primer grado, porque vi en la pregunta tuya Paro, enfermedad y supuse que era otra de las opciones irte tu a vivir.
Obviamente esa clausula no vale para venderlo y sacar dinero para mitigar el paro o la enfermedad, lamento si he podido confundir a alguien.
Si consigues venderlo es fácil, ofrecele una indemnización al inquilino para que se vaya y listo.
No sé si tendría validez una cláusula con una indemnización pactada, eso a ver si lo responde algún abogado.
Puedes negociarlo con el inquilino, pero siempre tendria que ser por mutuo acuerdo ya que al inquilino le ampara la LAU y mientras cumpla con sus obligaciones puede permanecer hasta 5 años.
No obstante si se incluye que por necesidad del propietario o alguien de su familia en primer grado se necesite, podria finalizar el contrato en cualquiera de sus renovaciones anuales. Para disponerlo antes de un año forzosamente se tiene que acordar con el inquilino pagandole una indemnización, (que cubra la mudanza, perjuicios ocasionados, etc.).
Otra opción es venderlo con el inquilino, En dicho caso debes ofrecerle a el la opción en primer lugar, si la rechaza puedes buscar un comprador, pero este debe saber que forzosamente se tendrá que subrogar al alquiler en todas sus condiciones (de fechas, rentas, etc.).
No se de que zona hablas, pero si ya es dificil vender sin inquilinos, ni te cuento como será con inquilinos. Sin tener demasiados datos pero creo que tu planteamiento financiero es muy arriesgado.
Hola,
Venderlo lo puedes vender con el inquilino dentro, aceptando el nuevo comprador las condiciones del contrato de arrendamiento, y teniendo el inquilino prioridad en la compra.
El problema es que por muchas cláusulas que pongas, el inquilino no está obligado a dejar que entres en la vivienda para enseñarlo, y si no lo puedes enseñar muy difícilmente lo vas a poder vender.
Saludos
oscar
a ver, lo puedes vender; pero nada que pongas en el contrato va a obligar al inquilino a irse para que lo puedas vender sin inquilino; lo deberás vender con ¡nquilino.
si incluyes una clausula para ello, será nula por lo que no pierdas el tiempo; normalmente los inquilnos conocen muy bien la ley.
Pablo.