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el arrendatario debe dos mensualidades,tiene sentido la tácita reconducción?
Si se ha iniciado la tácita reconducción anual, creo que lo más rápido es un desahucio por falta de pago, ya que para pedir la finalización del contrato habría que esperar al término de esa anualidad en que se ha prorrogado el contrato.
Consulte a un abogado. Quizá debe interponer una demanda por fin de contrato y rentas imapgadas.
Si el contrato se halla en tácita reconducción anual y ya te adeuda dos meses de renta, acude a un abogado inmediatamente para que presente una demanda de desahucio por falta de pago.