¿Vale la pena esperar 5 meses que finalice un contrato y no denunciar?
Gracias juan. Me ha ayudado mucho tu respuesta. Tengo un problema serio con unos inquilinos de etnia gitana. La presidenta de la comunidad no cesa de llamar para "contarme" lo que está sucediendo y que está repercutiendo en el resto de la vecindad. Yo les he dicho que denuncien y llamen a la policía las veces que haga falta. (cosa que ya han hecho) Ahora la inquilina (no la titular ) porque además de ella hay como 10 más en el piso de 40 mts. Ha amenazado con destrozar más el piso y la escalera. Es decir los tiene a todos contra las cuerdas. Faltan 5 meses para que les finalice el contrato. Mi pregunta es ¿mejor esperar a que termine el contrato? Por otro lado el piso está ya que da pena. Eso sí, cuidan de pagar el dia 1 exactamente. En fin, gracias.
Desconozco a qué pregunta y respuesta anteriores te refieres y si estaban relacionados con esta. Por eso mi siguiente respuesta se basa exclusivamente en los datos que hay en esta pregunta.
En primer lugar, la etnia a la que pertenece el arrendatario es jurídicamente irrelevante porque no añade ningún dato y es socialmente inconveniente porque alimenta un prejuicio.
En segundo lugar, dudas si actuar ahora o esperar que termine el contrato, que debo suponer que es de arrendamiento de vivienda con una duración pactada que terminará en cinco meses y que es inferior a cinco años. Si es así, los arrendatarios pueden prorrogar automáticamente el contrato por un nuevo año y así sucesivamente hasta cumplir un mínimo de cinco, por lo que esperar no servirá de nada. En cuanto a las amenazas de una de las personas que ocupan la vivienda son desde luego motivos de denuncia pero, aunque quedasen probadas, solo traerían una condena penal sin trascendencia para el contrato de arrendamiento, del que esa persona es ajena, no inquilina, porque inquilino equivale a arrendatario y solo es arrendatario el titular del contrato, los demás son convivientes con o sin derecho. Está claro que en una vivienda, con independencia de los metros cuadrados que tenga, no puede haber 10 personas supuestamente adultas con derecho a convivir con el arrendatario, derecho que solo tienen la pareja y los familiares dependientes del arrendatario. Por mucho que se estire el concepto de dependencia es prácticamente imposible que alcance a 10 personas. Esta sí es una causa suficiente para interponer una demanda de resolución de contrato para la que supongo que no faltarán testigos en la comunidad.
En cuanto al estado de la vivienda puede ser otro motivo de resolución del contrato, especialmente si la ocupante que ha amenazado cumple su amenaza, pues cuanto más daño sufra la vivienda más fácil será probarlo.
Por el contrario, si he supuesto mal y el contrato puede terminar realmente dentro cinco meses, es decir, si no se trata de un arrendamiento de vivienda o, siendo vivienda, ya se ha prorrogado anteriormente hasta cumplir cinco años dentro de cinco meses, entonces tal vez convenga esperar ese tiempo porque los arrendatarios pueden voluntariamente abandonar la vivienda y porque, si no lo hacen, el juicio de desahucio sería por los trámites de juicio verbal, procedimiento más rápido y simple que el juicio ordinario que tendría que iniciar por los otros motivos.
Es mejor empezar ya, porque quien te dice a tí que se van a marchar? después se quieren quedar y hazte cargo de la gente que vive con ellos, les dará miedo hasta pasar por la escalera.
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