En caso de alquiler vacacional, ¿Pueden alojarse en la vivienda más personas que las que formalizan el contrato?
Hemos alquilado el piso a una pareja de Madrid, que son las que están identificadas en el contrato durante la primera quincena de agosto, y ¡¡Oh sorpresa!! hoy 09/08/09, a primera hora de la mañana, hemos visto a otras personas distintas en la terraza del piso con evidentes signos de estar recién levantados y dado que ninguna es con las que hemos realizado el contrato y ya que en ningún momento los arrendatarios nos expresaron ni plantearon la posibilidad de aumentar el número de inquilinos durante el periodo del alquiler.
¿Están en su derecho? ¿Debemos o podemos hacer algo al respecto? ¿Nos asiste la Ley para presentarnos en la vivienda alquilada y exigir explicaciones? y si así fuera ¿Deberíamos hacerlo de una forma concreta al amparo de dicha Ley?. Muchas gracias.
Salvo que en el contrato hayan especificado que solamente podrán estar en la vivienda los titulares del contrato (cláusula de dudosísima legalidad), no pueden reclamar nada.
Ustedes han alquilado una vivienda por un período determinado de tiempo, y los invitados que decidan tener sus inquilinos son admisibles.
Las únicas circunstancias que permitirían iniciar una demanda sería que sus clientes hubiesen "realquilado" todo o parte de la vivienda a terceros, o que esos terceros tuviesen un comportamiento que contraviniese las normas de la comunidad de vecinos.
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