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Tras la ejecución de la sentencia de desahucio, me comentan que debería iniciar un proceso nuevo con abogado y procurador para intentar cobrar la deuda. No podía haber formado parte del primer proceso el cobro de las mensualidades debidas. En caso de dudas sobre la posible insolvencia del moroso, ¿sería aconsejable iniciar el proceso para el cobro de las mismas?
segun en que zona, pueden andar entre los 400 y los 1000 euros, eso ya es un poco lo que se pueda pagar
Muchas gracias por la respuesta. Quizas no me importe tanto el hecho de tener que iniciar un proceso o lo que realmente es "una demanda ejecutiva", al final tenemos que volver a pagar a abogado y procurador. Un saludo
En una demanda de desahucio, tanto antes de la nueva ley como ahora con la nueva ley, se acumulan las dos acciones, ésto es, se pide tanto el lanzamiento como la reclamación de la deuda. Yo creo que su abogado probablemente lo habrá hecho bien y es Ud. la que no ha entendido, pues a mí me ocurre con mis clientes, que me dicen, "pero no sabía que la deuda iba por otro procedimiento" y no se dan cuenta de que no es un nuevo procedimiento sino la interposición de un ejecutivo solicitando embargo de bienes porque a pesar de haber sido requeridos al pago, no lo han hecho.
Me explcio, en la sentencia se le requiere al inquilino y a pesar de ser requerido al pago, éste no ha pagado. Es entonces cuando hay que poner una demanda ejecutiva, para que embarguen sus bienes. Si es Ud. de Madrid, en el despacho le podemos hacer un estudio de solvencia. De todas formas, poner el ejecutivo siempre es recomendable.
Un saludo
Vera Grande Alonso
Abogado del Ilustre colegio de abogados de Madrid