Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Hola,
En un contrato de arrendamiento de local de 1980, ya con una subrogación. Cuando parecía que se iba, ahora el inquilino nos ha llamado que tiene un posible cliente para traspasarlo. Las preguntas son:
1) el propietario está obligado a aceptar el traspaso? Si es así, sería hasta el 31-12-14, que es cuando, teóricamente, al actual inquilino se le extinguiría su traspaso?
2) si aceptamos el traspaso, podemos subirle la renta? Es un 20% como máximo?
3) el propietario cobra algo por el traspaso?
4) la fianza, que data de 1980, es ridícula a tiempos de hoy. Podemos actualizarla, al menos Con la renta actual?
5) el inquilino debe 3 meses de alquiler. Puede traspasarlo igualmente? La deuda la asume el nuevo inquilino?
gracias por contestar
gracias por sus respuestas
Sin perjuicio de la acertada respuesta del compañero Jan, es lo cierto que si su arrendatario adeuda dos meses de alquiler pueden ahorrarse toda la complicación que supone un traspaso, poniendole un desahucio por falta de pago.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).
Hola jachinem:
Para responder correctamente a sus preguntas es preciso examinar el contrato y toda la documentación relacionada con el msimo. Por lo tanto le aconsejo que acuda con la misma a un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos.
reciba un cordial saludo.