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Mis inquilinos me han avisado de que se van antes de cumplir el primer año de contrato.
¿Qué trámites debo seguir para no devolverles la fianza por lo menos hasta que lo tenga alquilado otra vez ?. No me gusta tener enfrentamientos pero me han engañado, pues a la firma del contrato quedó bien claro que no lo alquilo para menos de un año.
¿ Puedo exigirles que me paguen todo el mes aunque se vayan a mediados ?
Gracias.
Hola María:
1º) Usted no debe devolver la fianza hasta que no se resuelva o extinga el contrato de arrendamiento. Aunque se vaya uno de los arrendatarios el contrato continúa en vigor.
2º) Se debe realizar 2 anexos:
- El primero de cesión de contrato donde conste que el Sr x deja de ser arrendatario a partir de la fecha del anexo.
- El segundo indicando la rebaja del alquiler y el periodo durante el cual estará en vigor.
3º) Si se trata de un contrato de arrendamiento de vivienda, usted no podrá realizar un nuevo contrato, sino que el mismo se prorrogará otro año más(lea el artículo 9.1 LAU 1994).
Reciba un cordial saludo
Yo no pensaba tocar el contrato, durante tres meses me pagará cien euros menos y al cumplir el contrato, si no ha encontrado otro compañero se irá o se lo hago nuevo con el precio actualizado. ¿Hago bien?
Lo que yo haría es no tocar la fianza y entre ellos que se apañen.
Lo que no sé es si le dejas el piso más barato, tendrás que firmar un nuevo contrato, o una actualización del anterior donde esto contes, ¿no? porque supongo que la fianza también la tendrás que actualizar.
Maria,
lo que puedes hacer (y ademas es la mar de lógico) es que el que se queda te de la otra mitad de la fianza.
Creo que es algo que a nadie le sonaria raro, no?
Saludos,
Pablo.
Gracias a todos por las respuesta, finalmente se queda uno de ellos con el alquiler un poco más barato, pero el otro me pide la devolución de su parte de la fianza.
Pienso que no debería devolverla pues me quedo solo con la mitad de la fianza para responder de gastos.
El motivo de irse es por traslado laboral.
Hola Maria:
Coincido con la respuesta de la Sra AmparoBB.
Reciba un cordial saludo
Maria,
si el contrato es de 1 año, puedes exigirles que te pagen lo que queda de año.
Yo empezaria por ahí, y una vez se den cuenta, negocialo con ellos.
Saludos,
Pablo.
Por supuesto que puedes exigirles eso.
Y puedes demandarles por incumplimiento de contrato, en cuyo caso, si no hay una justificación importante para su desistimiento, serían condenados a pagarte las rentas hasta que vuelvas a alquilar el piso (sin remoloneos eso si).
Un acuerdo extrajudicial siempre es menos farragoso que un juicio.
Saludos - Papeleos Alquiler.