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Llevo en un piso 6 años. Un año de un contrato y la prórroga de cinco. El contrato venció hace un mes . Sigo en el piso, pero la dueña dice q no me da por escrito y no es necesario el contrato que hemos acordado verbalmente de un año más. Tengo mis recibos al dia. ¿Qué debo hacer? pues la vivienda la van a derrumbar dentro de un año. ¿Qué derechos tengo?
Boris,
Si firmaste un año, significa que tenias un contrato de 5 años (asi lo marca la ley).
Pasados esos 5 años, si ninguna de las partes notificó lo contrario (por escrito), te encuentras en "prorroga tácita".
Eso quiere decir que tu contrato se ha convertido a un contrato de 8 años, aunque no firmeis nada.
Si llevas 6, y el piso lo derruyen antes de finalizar el octavo año, tienes derecho a indemnización; es asi de simple.
En este caso en particular, es posible que necesites la ayuda de un abogado; sin embargo trata de negociar con la dueña. Creo que en tu caso en concreto (teniendo en cuenta que solo quedaria un año de contrato que no podrias disfrutar) una indemnización de 6 mensualidades es adecuada.
Si la cosa se pone mal al hablarlo con ella; recurre a un abogado; es mi consejo personal.
Saludos.
Pablo.
La desaparición de la vivienda es una de las causas de extinción del contrato, en su caso tácito, la arrendadora deberá indemnizarlo si se produce dentro de esa prórroga tácita.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente