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tengo un piso alquilado desde ultimos de junio y he recibido un sms en septiembre de que se marchan por que han alquilado un chalet. Siendo el primer año creo que por ley tienen que cumplirlo completo, ¿que tengo que hacer para que los inquilinos me paguen hasta finalizar el contrato?
Todavia no les he dicho nada al respecto ni siquiera si he recibido o no el sms
saludos
Antonio
Hola,
Tienen que cumplir el año completo, y avisarte a los once meses de contrato su intención de no prorrogarlo, este comunicación debe ser fehaciente (no sms).
Por lo tanto, como van a incurrir en un incumplimiento de contrato, además de quedarte la fianza, puedes pedirles una indemnización, 1 o 2 meses, o bien obligarles a que cumplan integro el alquiler.
Pues claro que tienen que cumplir lo que firman,lo mismo que el casero.Les puedes reclamar el año completo y además perderán la fianza.
Debes de decirles las condiciones que deben de cumplir
Estar al día de pagos
está prohibido por ley utilizar la fianza como pago
avisar 30 días fehacientemente de la marcha
Solo pueden dejar la vivienda en los cumpleaños del contrato
Es imprescindible para detener el alquiler,firmar ambos el fin de contrato a la entrega del piso,en el que se pondrán los desperfectos si es que los hubiese y a partir de ese momento el casero dispone de 30 días para devolver la fianza+las garantías adiccionales-los consumos pendientes
Debes recalcarles que hasta que no hagan todo esto,el alquiler sigue operativo y por lo tanto si dejan de pagar,deberás demandar (si son solventes)
Pues claro que tienen que cumplir lo que firman,lo mismo que el casero.Les puedes reclamar el año completo y además perderán la fianza.
Debes de decirles las condiciones que deben de cumplir
Estar al día de pagos
está prohibido por ley utilizar la fianza como pago
avisar 30 días fehacientemente de la marcha
Solo pueden dejar la vivienda en los cumpleaños del contrato
Es imprescindible para detener el alquiler,firmar ambos el fin de contrato a la entrega del piso,en el que se pondrán los desperfectos si es que los hubiese y a partir de ese momento el casero dispone de 30 días para devolver la fianza+las garantías adiccionales-los consumos pendientes
Debes recalcarles que hasta que no hagan todo esto,el alquiler sigue operativo y por lo tanto si dejan de pagar,deberás demandar (si son solventes)
Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo, pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.
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