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Tengo un contro de alquler desde 2009 con extrajero residente en España. Mi arrendador estaba muy enformo y murió hace unos 2 meses, teniendo un hijo y una hija, ambos viven en el extranjero. Unos días después de la muerte de mi arrendador y estar ya ausente la jija, el hio me dijo que la casa arrendada sería suya y que yo tendría que pagar mi alquiler a su cuenta bancaria particular en España.
Como no se puede hacer en pocos días y sin la declaración de heredores (del país de residencia de los hijos) el asunto me olía mal y he solicitado en el Juzgado la consignación de la renta. Un día más tarde he solicitado la Nota Simple en el Reg. de la Propiedad. Resultado que me ha dejado totalmente perplejo: Las dos casas (otra al lado) están a nombre de una SL desde enero de este año, o sea que durante 4 mesis he pagado el alquiler a una cuenta bancaria particular de mi ex-arrendador y no a una cuenta bancaria de esta SL (mejor dicho: empresa fantasma). Tengo que añadir que ha sido mi ex-arrendador (seguramente manipulado) en constituir esta SL, donde desde abril figura su hijo com administrador mancomunado. Ni mi ex-arrendador, ni su hijo me han informado de esta SL, ni me han dado una cuenta bancario de esta Sociedad.
Tengo un lio tremendo con el hijo por insultos, Mobbing, allanamiento de morada ect, y mañana un juicio verbal.
¿Cual Es la pregunta? Porque el contrato es totralmente válido, lamuerte del Arrendador nunca invalida un contrato de arrendamiento.
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