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Al volver a ocupar un arrendador su vivienda por necesidad y haber avisado a sus inquilinos con al menos 60 dias de antelación para volver a utilizar la vivienda como permanente cuanto es el plazo mínimo que tiene que estar el arrendador en su vivienda si quisiera venderla o volver a alquilarla?
Sé que al volver a la vivienda para destinarla como permanente hay un plazo de 3 meses desde que se van los inquilinos para que la vuelva a ocupar el arrendador, pero después cuanto tiempo tiene que permanecer en ella?
Que le sugiere a usted el concepto de "vivienda permanente"???
Si es por necesidad de vivienda, es para habitarla como vivienda permanente, no para especular con ella, me parece que tu solito te has metido en un problema, si el arrendatario ya te ha dejado la vivienda, ahora te toca ser congruente con tu petición, pero si todavía no se ha llevado a efecto, todavía estás a tiempo de corregir tu error dejando sin efecto el comunicado, la ley está para proteger tus derechos, no para que abuses de ella.