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yajaira avila

casero/a

¿Cuánto tiempo se le da a un inquilino para desocupar una habitación?

Después de pasar por escrito que se requiere la habitación por mora y mal comportamiento.

 

  • Preguntado por: yajaira avila
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (9)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
ADRIAN ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Adrian como ampliación a la acertada respuesta de Rafa, hay que añadir que ambas partes están obligadas a preavisar esa marcha con treinta días de antelación, que puede considerarse el tiempo que tiene el inquilino para preparar su salida de la vivienda.
    Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • Rafa Garrafa

    inquilino/a

    Adrián, el inmueble debe desalojarse el día de finalización del alquiler. Igual que el casero no puede pedirle al inquilino que se marche un par de días antes para arreglar el piso antes de alquilarlo. Nadie va a regalar días de alquiler, a menos que ambas partes lleguen a un acuerdo y así se haga constar en el documento de fin de alquiler.
  • ADRIAN

    inquilino/a

    LO QUE NADIE DICE ES CUANTO TIEMPO SE LE DA A UN ARRENDATARIO POR EJEMPLO SI CUMPLIO CON 2 AÑOS DE RENTA, AL TERMINO DE ESTE, CUANTO TIEMPO TIENE PARA DESALOJAR EL INMUEBLE SIN COSTO PARA ÉL?????
    • Respondido por: ADRIAN
    • Hace 7 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola:

     

    Respecto a las cláusulas citadas:

     

    1º) "EL ARRENDADOR podrá rescindir el contrato unilateralmente de forma inmediata si existe falta en las normas de limpieza del piso, o de buena convivencia entre compañeros o con el vecindario de la casa, o bien si estuviera en situación de falta de pago de la renta o bien si existe incumplimiento de cualquiera de los términos del contrato."

     

    La cláusula asi redactada es, cuanto menos, de dudosa legalidad. Sin embargo puedes establecerse que será causa de resolcuión, además de las previstas legalmente, las siguientes : si existe falta en las normas de limpieza del piso, o de buena convivencia entre compañeros o con el vecindario de la casa.

     

    2º)"

    "En caso de que EL ARRENDATARIO tenga la voluntad de finalizar el contrato antes de la fecha fijada, tendrá que comunicarlo al propietario con 30 días de antelación. En caso contrario el propietario se reserva el derecho a no devolver la fianza."

    He añadido


    "Del mismo modo, en caso de que EL ARRENDADOR tenga la voluntad de finalizar el contrato antes de la fecha fijada, podrá hacerlo siempre que lo comunique al arrendatario con 30 días de antelación."

     

    Ahorita cualquiera puede darlo por finalizado, avisando con 30 días de antelación."

     

    La cláusula es válida en principio de libertad de pactos entre las partes consagrado en el Código Civil. Sin embargo en mi opinión existen pocas posibilidades de que un futuro arrendatario acepte firmar un contrato en el que conste la citada cláusula, sobre todo si está bien asesorado.

     

    Reciba un cordial saludo 

     

    Despacho Armando García Fernández.

     

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si, es cierto que está mal. A ver si os parece bien así.

    He eliminado esa cláusula.

    Y junto a la que dice:

    \"En caso de que EL ARRENDATARIO tenga la voluntad de finalizar el contrato antes de la fecha fijada, tendrá que comunicarlo al propietario con 30 días de antelación. En caso contrario el propietario se reserva el derecho a no devolver la fianza.\"

    He añadido


    \"Del mismo modo, en caso de que EL ARRENDADOR tenga la voluntad de finalizar el contrato antes de la fecha fijada, podrá hacerlo siempre que lo comunique al arrendatario con 30 días de antelación.\"

     

    Ahorita cualquiera puede darlo por finalizado, avisando con 30 días de antelación.

     

    ¿Más justo no?  ¡Gracias!

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si, es cierto que está mal. A ver si os parece bien así.

    He eliminado esa cláusula.

    Y junto a la que dice:

    \"En caso de que EL ARRENDATARIO tenga la voluntad de finalizar el contrato antes de la fecha fijada, tendrá que comunicarlo al propietario con 30 días de antelación. En caso contrario el propietario se reserva el derecho a no devolver la fianza.\"

    He añadido


    \"Del mismo modo, en caso de que EL ARRENDADOR tenga la voluntad de finalizar el contrato antes de la fecha fijada, podrá hacerlo siempre que lo comunique al arrendatario con 30 días de antelación.\"

     

    Ahorita cualquiera puede darlo por finalizado, avisando con 30 días de antelación.

     

    ¿Más justo no?  ¡Gracias!

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    y esa clausula es legal? lo pregunto de buena fe, porque con una clausula así, es muy fácil echar a cualquiera porque el casero encuentre a otra persona que le pague más, por ejemplo.

    No será necesario un juez y demostrar el mal comportamiento?

  • manuel josé

    casero/a

    Sra.  amparo:

    Me surge una duda y  quisiera si a bien lo tiene  una aclaración.  No sólo por mí  sino por  interés de  los  lectores.  Agradecería  aclaración  de cualquier persona.

    En  el modelo  de  Contrato de   Habitación (  en  Papeleos  Alquiler )  figura redactado lo siguiente:

     

    EL ARRENDADOR podrá rescindir el contrato unilateralmente de forma inmediata si existe falta en las normas de limpieza del piso, o de buena convivencia entre compañeros o con el vecindario de la casa, o bien si estuviera en situación de falta de pago de la renta o bien si existe incumplimiento de cualquiera de los términos del contrato.

    Sin más  y dándole  las gracias anticipadas. saludos,

     

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Es que tú no puedes dar por resuelto el contrato unilateralmente.

    Eso sólo puede hacerse de mutuo acuerdo o por orden de un juez.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

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