Buenos días, soy Raul. Mi hermano tiene un piso en alquiler que cumple el 18 de septiembre. El ha fallecido la semana pasada, mis padres quieren poner a la venta el inmueble por temas sentimentales y económicos también. Podemos terminar con el contrato al terminar el año el 18 de septiembre legalmente sin represarías de los inquilinos?
Raúl el fallecimiento del arrendador no es causa de extinción del contrato de alquiler, si efectivamente ese contrato termina el 18 de septiembre lo que deben hacer es preavisar ya que no habrá prórroga, el preaviso debe ser fehaciente Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
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