Buenos días,
Tal como le han dicho, el problema es que si no ha cumplido el año, no puede solicitar la vivienda por necesidad, y esto en caso de que su contrato sea anual prorrogable, si es un contrato por mayor plazo, entonces, tal y como establece literalmente la norma, no podría solicitarla hasta pasado el plazo establecido.
Un saludo.
PdC Sociedad Inmobiliaria.