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Alquilé el piso el 1 de junio del presente año, me acaban de avisar los inquilinos que por motivos de trabajo dejan el piso a finales de mes para irse a otra provincia.
Los 2 meses que han estado me han pagado, pero mi pregunta es, ¿tengo que devolverles la fianza al no cumplir el contrato? En el contrato les pedí un mes de fianza pero no hay nada reflejado en si dejan el piso antes de tiempo.
Nose si me ampara algún artículo de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Gracias.
No tienes por qué devolver la fianza, puedes quedártela como indemnización por incumplimiento de contrato.
Todo esto debe quedar relatado en el documento de finalización de contrato y entrega de llaves.