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¿Me puede subir el 1er año si no está dada de alta?
Hola tontin:
coincido con la respuesta de la Sra Mari Lolis.
en el siguiente enlace encontrará toda la información sobre la actualización de la renta en los contratos de arrendamiento de vivienda permanente:
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
una cosa es presentar el contrato en el lugar corrrespondiente y otra muy distinta la ley sobre ese contrato, así que las subidas, siempre y cuando te las comunique por escrito y segun el ipc, te las puede aplicar cada año.
Según la lau la renta puede actualizarse anualmente en función a la variación del ipcgn.
saludos - Papeleos Alquiler.