Para dictaminar si esas subidas son correctas habría que examinar la carta que previamente han debido remitir explicando cómo se ha llegado a dichas cantidades, ya que la LAU es muy estricta en cuanto a los requisitos, también habría que tener en cuenta la doctrina del TS que se recoge en mi post
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/06/obras-en-locales-alquilados.html
si se trata de un local.