Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Mari

casero/a

Subida alquiler
Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente : mis inquilinos cumplen tres años del contrato en octubre (contrato de octubre de 2016) , quisiera renovarles por un año pero con subida de alquiler y no sé si esto se puede hacer . En caso afirmativo se haría un contrato de prorroga nuevo?  Muchas gracias por su respuesta 
  • Preguntado por: Mari
  • Hace 5 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Israel ha sido el primero en contestar
Israel ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Mari. Coincido con la respuesta de Victor G.


    A Israel:
    Las cuestiones no son las que usted se pregunta... La cuestión aquí la formula  Mari

  • Mònica

    Mònica

    inquilino/a

    Buenas tardes, En principio si se va a renovar el contrato, el aumento de la renta debe estar sujeto a lo estipulado en el contrato que normalmente es la variación del IPC, salvo que se trate de un aumento de renta por obras de mejora en la vivienda por ejemplo. Otra cosa seria si se hace un contrato de arrendamiento nuevo. No obstante, debe tener en cuenta que ahora la duración mínima del contrato de arrendamiento es de 5 años y no 3 como la regulación anterior. Usted debe ver que es lo más conveniente para usted.
    • Respondido por: Mònica
    • Hace 5 años
  • Victor G

    inquilino/a

    Mari, las dos cosas que desea usted a la vez (subida de precio, y renovación por un año) no son posibles. Deberá sacrificar al menos una de ellas.


    Si usted desea que el contrato se extienda sólo por un año más, puede hacer uso de la prórroga tácita, que se activará sola cuando quede menos de un mes de contrato. Pero esta opción exige no variar las condiciones del contrato.
    Si usted opta por variar la renta, se trata de un contrato nuevo, y el tiempo de disfrute de la vivienda comienza desde cero. Eso implica que a menos que usted haga uso del artículo 9.3 de la LAU y requiera la vivienda para uso propio, el inquilino tendrá derecho a cinco años de permanencia en la vivienda empezando a contar desde el próximo octubre.
  • Israel

    profesional

    Habría que ver el contrato que se firmo. Sí el alquiler es el estandar, al finalizar los 3 años (1 + 2 prorragables), se renueva el contrato, sí es un contrato nuevo por ejemplo 2 años + 3 prorrogables. La cuestión es ¿Por qué quieres o deseas subirle el alquiler? ¿Cuál es la situación de sus inquilinos?¿Es justo el precio de alquiler actualmente?¿Cuál son las consecuencias de dicha subida?¿Tiene el Certificado de Eficiencia Energética en vigor?
    • Respondido por: Israel
    • Hace 5 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas