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Me explico, al alquilar el local me dieron una fianza de dos meses que contempla la ley y una cantidad adicional que se refleja en el contrato. Que tengo que depositar en el organismo corespondiente, los dos meses o los dos meses y la cantidad adicional.
Por otra parte seria muy grave la sanción a los tres años de no ingresarla.
Si se ingresa voluntariamente, antes de que sea exigido, la sanción es bastante reducida. Si ya se la han reclamado, la sanción es grave.
Es obligatorio depositar la fianza legal, un mes en arrendamientos de vivienda, dos meses en los demás.
La fianza adicional o complementaria puede quedar en poder del arrendador.
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