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Hola muy buenas tardes, quisiera hacer una pregunta a ver si alguien me puede asesorar. tengo un piso alquilado a una pareja se les hizo un contrato de un año y todo bien cumplio el contrato y se le hizo una prorroga que cumple en mayo de el 2011,nos han avisado hace 2 semanas que marchan el dia 1 de febrero. Y nos exijen la fianza de 2 meses y yo greo que no se la tenemos que abonar x dejar antes de hora el piso pero ellos dicen que si. Me podrian informar gracias
segun la Lau la fianza es del importe correspondiente a una mensualidad, ahora bien si se incumple el contrato lo que usted puede exijir es que se cumpla el abono integro del mismo , siendo la fianza la primera partida a reteer, de todas formas tambien depende de como este redactado su contrato de arrendamiento.
Aunque usted pueda exigirles indemnización por incumplimiento de contrato, debe entender que la cantidad de dos meses de fianza es con mucho excesiva. Con asiduidad se fija un mes de fianza por cada año de incumplimiento (si bien esta cantidad la fija un juez, si no llegan a un acuerdo entre ustedes), y en este caso el incumplimiento es de 3 meses.
Haga cuentas, no creo que se encuentre en una posición válida para descontarles la fianza al completo.
Espero que mi respuesta le sirva de ayuda. Saludos.
El cumplimineto del plazo del arrendamiento es tan obligatorio para el arrendador como para el inquilino, por lo tanto si decide marchrse dejandolo incumplido debe indemnizar al arrendador el importe de esa indemnización puede tener como primera partida la fianza depositada.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.