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Un conocido me ha dicho que en el contrato de alquiler tendría que indicar en alguna cláusula que el casero tiene derecho a una visita anual al piso para comprobar que todo está correcto y especificar que no se puede cambiar la cerradura. ¿Se pueden incluir estas cláusulas en el contrato de alquiler? Gracias.
claro que va contra la ley pedir que no cambien la cerradura o el bombín ¿has leído lo que te ha puesto Amparo? nadie tiene que tener llave de la vivienda de otra persona y recuerda, una vez la alquilas no es tu vivienda, estas cobrando para que sea la vivienda de otra persona.
¿le vas a dar a tu inquilino una llave de tu vivienda para que entre a revisarla cuando él quiera?
piénsalo, es exactamente lo mismo.
Sería una cláusula nula por ser contraria a la LEY
Dice el código civil: Art. 1255
Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral, ni al orden público.
LA LEY A LA QUE SERÍA CONTRARIA LA CLAUSULITA:
Empieza la cita:
Constitución Española:
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titularo resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
Termina.
Saludos - Papeleos Alquiler.