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El inquilino se deja dentro las llaves del piso, y en vez de llamar a un cerrajero rompe la cerradura forzando y destrozando parte de la puerta.
Cuando se le acaba el contrato deja la puerta sin arreglar y pone una cerradura con pomo distinta a la original (de color negro en vez de dorado como son todas las de la escalera), y de la cual dice haber perdido la llave.
¿Puedo descontarle de la fianza el coste de reparación de la puerta y el cambio de cerrojo con pomo por uno idéntico al de todos los de la comunidad y que tenga llave para abrir, tal como era el que se encontró en el momento de alquilar el piso?
Una vez ha dejado el piso, ¿debería pedirle aceptación del presupuesto antes de realizar la reparación? ¿O se entiende que si el inquilino no lo ha reparado antes de entregar el piso, el casero puede repararlo al día siguiente sin el OK del exinquilino?
No es necesario que obtenga su autorización, pero sí deberá estar en disposición de acreditar el daño (haga fotos antes de la reparación), y el gasto incurrido (pida la correspondiente factura, con iva).
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/devolucion-de-la-fianza/
un saludo,
Puede repararlo sin necesidad de acordar el presupuesto con el inquilino y descontarselo de la fianza.
Sobre la fianza lea
http://www.abogadoarrendamientos.com/2014/02/02/compensacion-de-deudas-con-la-fianza/