Ariel dice vd:
pactamos que no pagaría fianza y que según su abogado el día 1 de este mes ingresaba el pago del mes corriente y que yo he de pintar y comprar los muebles y cuando finalice el contrato o yo me valla los muebles se quedan para ella Supongo que ese pacto sería verbal, con el riesgo que ello conlleva ya sabe vd: -
Verba volant, scripta manent-, Las palabras se las lleva el viento. Esto también perjudica a la propiedad y, a mi entender, en mayor medida que a vd. No obstante la realidad es que vd tiene la posesión legítimamente adquirida de esa vivienda, por lo tanto en mi opinión debería: Ingresar el alquiler que pactaron
Poner un burofax a la propiedad comunicándole que no puede desistir de ese alquiler que ya ha comenzado y que por los tanto conforme a la ley de arrendamientos urbanos permanecerá vd en esa vivienda tres años. Puede aprovechar ese burofax para dejar por escrito el resto de las condiciones pactadas verbalmente y que sean beneficiosas para vd. Todo ello por supuesto si quiere defender, incluso judicialmente, el contrato verbal que pactaron
Pedro Hernández Olmo, abogado