Carlos: Para mayor seguridad haga constar en el contrato que se trata de un alquiler compartido y solidario entre los inquilinos que lo comparten Pedro Hernández Olmo, abogado
Al tratarse de un alquiler compartido, y solidario entre los inquilinos que lo comparten, todos ellos, se constituyen recíprocamente en avalistas también solidarios y a primer requerimiento, es decir si cualquiera de ellos desiste del alquiler seguirá afianzando solidariamente a el/los que permanezcan como inquilino/s del inmueble, al menos hasta el tercer aniversario del contrato de arrendamiento.
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