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Con fecha agosto 2009 alquilé vivienda de acuerdo a lau. El pasado agosto 2010 se prorrogó automáticamente y con fecha 31 marzo 2011 comunica intención de abandonar vivienda 1 mayo.
a la firma de contrato recibí dos mensualidades por fianza y garantía. ¿qué sanción puedo aplicar?
muy agradecida
arequipa
La que pactéis las partes.
si no llegáis a un acuerdo. La que diga el juez (tendrías que demandarle)
la jusrisprudencia en estos casos suele aplicar una indemnización igual a los meses que tarde en alquilarse la vivienda (eso si, sin remolonear) o los que falte para cumplir la anualidad. Lo que sea menor
saludos - Papeleos Alquiler.