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Buenos dias, desearia hacer una pregunta.
He alquilado mi piso hace dos meses y la inquilina del piso me comunica que desea irse del piso. Por circusntancias de la climatologia la calefaccion se estropeo unos dias, al momento llame al servicio tecnico y lo arreglaron, pero estuvo dos dias con frio mientras se solucionaba la averia, en ningun momento la deje abandonada ya que me ocupe totalmente pero no pude evitar esos dos dias de frio.
El hecho es que me pide los dos meses de fianza porque se va por culpa mia. El contrato es de 1 año renovable hasta 5. Y pone que a partir del segundo año puede irse si me avisa con dos meses de antelacion.
¿puedo reclamarle los importes hasta cumplir el año y un mes por año que queda de contrato? O al haber la clausula de aviso con dos meses para desistimiento no se puede? Es una perdona solvente con propiedades.
El hecho de que se vaya me hace un gran prejuicio ya que me habia hecho los numeros para no tener que pagar esa hipoteca.
Lo mejor es que llegues a un acuerdo.
si tú crees que vas a tardar 2 meses en volver a alquilar. Cobrale 2 meses de indemnización. Y evita ir a juicio. Ella debería estar más interesada que tú en evitarlo.
de todos modos, si no se aviene a razones. Pues si. En ese caso busca un buen abogado (experto en arrendamientos) y demándala.
saludos - Papeleos Alquiler.
Gracias por vuestras respuestas.
Hubo una averia y se reparo con la maxima celeridad posible dentro de la tardanza.
Si como propietario quisiera rescindir un contrato, no podria y deberia indemnizar al inquilino si quisiera echarlo, pues creo que al contrario ella deberia pagar por los meses que queden por acabar el contrato.
Si es solvente y ademas tiene propiedad, por lo que dudo que quiera acabar perdiendo un juicio y posible embargo en su finca.
Me recomendais entonces que demande ?
¿Es solvente? No firme nada. Que cumpla el año, y si se va y no paga, a juicio.
si el motivo es que hubo una avería y usted encima se encargó, me parece que es una excusa
La cláusula de desistimiento sirve para el segundo año. No para el primero (según usted cuenta)
Puede pedirle las rentas de los meses que tarde en volver a arrendar el piso por el mismo precio.
En el documento de fin de contrato déjelo constar. La propiedad se reserva el derecho de exigir una indemnización equivalente a los meses que tarde en volver a alquilar el piso...
Si se negara a pagar, tendría usted que llevarla al juzgado donde, además, sería condenada (ella) en costas.
Cito a Pholmo:
El cumplimiento de un contrato de arrendamiento es tan obligatorio para el arrendador como para el arrendatario, si una de las partes decide no cumplirlo debe indemnizar a la otra. En su caso debería dirigirle un requerimiento por incumplimiento de contrato anunciando que se reserva la acción de reclamación de daños y perjuicios y conserva la fianza en tanto lleguen a un acuerdo sobre el importe de esa indemnización.
Yo que usted le LLAMARÍA POR TELÉFONO... pues puede haber bastante dinero en juego:i blog http:/ /pedrohernandezabogado.blogspot.com/