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Sandra

casero/a

Rescindir de un contrato de alquiler por cambio de trabajo
Tengo una inquilina que ha cumplido 3 meses de alquiler y me avisa que la han traslado de manera inmediata a otra ciudad,  Por su comandancia militar y que no puede oponerse.  Me explica que la ley dice que cuando hay un cambio inmediato de trabajo como es su caso la LAU dice que no se ha de penalizar con la fianza por no cumplir  los seis meses mínimo de alquiler.  Quiero  saber si esto es así  o  cuál es mi situación como propietaria. Frente a ellas. 
  • Preguntado por: Sandra
  • Hace 8 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenos días, La LAU no incluye previsión alguna en este sentido, por lo que salvo que se haya negociado e incluido expresamente en el contrato, tienes los mismos derechos y obligaciones que en todos los casos.
    No obstante lo anterior, en atención a las circunstancias, yo pediría que te acreditara documentalmente dicho traslado y, si  lo puede acreditar, acordaría la resolución del contrato sin mayor penalización, dado que es obvio que se trata de una cuestión que escapa a su voluntad.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
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