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Rafaman

casero/a

Rescindir contrato a inquilinos

Buenas y gracias de antemano. En agosto de 2011, debido a mi divorcio, mi ex-pareja y yo alquilamos el piso con la intencion de destinar la cuantia alquiler al Pago de la hipoteca y completar lo restante a partes iguales para cubrir las letras. Así se estipulo en en convenio de divorcio, ahora mi expareja no puede hacerse cargo de su parte y los inquilinos llevan un año que cada mes pagan tarde (sobre el 29). Necesito recuperar la vivienda para vivir en ella ya que no puedo hacer frente a mi parte de la cuota, la de mi ex y adelantar cada mes la parte de los inquilinos hasta que hayaN pagado. El sabado se lo comunique de forma verbal y me dijeron que en agosto se marcharian, pero tengo miedo a que finalmente se nieguen. ¿Podrian negarse? El contrato se hizo por una duracion de 5 años renovables anualmente por parte del arrendatario.... 

  • Preguntado por: Rafaman
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (10)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Rafaman Haz caso de lo que te dice Pedro en su anterior respuesta,busca abogado y que defienda tus intereses.

  • Rafaman

    casero/a

    Esas preguntas creame que ya me las he formulado y estudiado muchas veces antes de tomar la determinacion de quedarme el piso

    1- la casa hoy puede valer en torno a 100.000 euros

    2- hipoteca firmada hace 7 años quedan 193.000 una ruina.

    3- no paga, no tiene ingresos ni intenciones de tenerlos

    4- Si dejo mi actual piso de alquiler si puedo hacer frente a la cuota yo solo

    5- el otro dia fui al banco y les falto reirse en mi cara, ni dacion ni nada que tenga que ver con darle credito a mi ex-pareja.  conmigo sin problemas, con ella ni sentarse a hablar....

    • Respondido por: Rafaman
    • Hace 11 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Eso sin contar con el dato que apunta rafa y es que necesita la vivienda para vivir en ella, asi que ya me diras con la dacion o subasta donde se mete.

    Lo que hace falta es un abogado para poner firme tanto a los inquilinos como a la ex. A los inquilinos haciendoles pagar o desahuciandolos para meter otros con mas garantias y a la ex reclamandole las cantidades debidas o ir contra su cuota de propiedad.

    De verdad que la gente hace un mundo de estas cosas y esto es el pan de cada dia de los abogados.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es


  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Pedro ,tienes razón ,pero si solo ha pagado interes al banco y debe todo el capital,si añadimos que los pisos han bajado un 40% o másy que el compañero de viaje en esa aventura es tu ex............qué quieres que te diga,igual me corto las venas

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Javier. Esa solucion, con independencia de que la dacion en pago es una utopía, nunca es favorable, por las propias normas procesales de la  Subasta.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Yo me haría las siguientes preguntas:

    ¿cuánto vale la casa hoy?

    ¿cuánto falta por pagar al banco?

    ¿si mi ex no puede ,lo pago yo todo?

    ¿con mi nómina,puedo hacer frente a todos los pagos?

    ¿será mejor dar la casa en "dación en pago" al banco?

    estudiatelo y suerte

  • Rafaman

    casero/a

    Pues esperaré a ver que pasa el dia 1 de agosto y si, segun me han dicho, se marchan. Si en teoria no puedo rescindir el contrato, entonces no tiene sentido que se lo notifique por escrito ¿no?. Solo me queda encomendarme a su buena fe....

    • Respondido por: Rafaman
    • Hace 11 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Eso de la resolucion unilateral puede crear confusion, para resolver un contrato hay que interponer una demanda y solo el juez puede determinarla en sentencia.  

    en cualquier caso, ante un impago y si no hay requerimiento fehaciente previo, cabe enervar la accion.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


  • Rafaman

    casero/a

    Entiendo entonces que podrian negarse marcharse. En el contrato queda estipulado que el pago del alquiler se haria efectivo del 1 al 5 de cada mes y que la falta de pago al vencimiento es motivo para la resolucion unilateral del contrato por parte del arrendador. Podria acogerme a que llevan 12 mensualidades incumpliendo los plazos de pago del alquiler?

    Gracias

    • Respondido por: Rafaman
    • Hace 11 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Rafaman:

    La respuesta a su pregunta es afirmativa.

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

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