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debo 1.5 meses de alquiler y me dicen que me ponen un requerimiento, pueden? de que se trata
Desde que se debe la primera mensualidad, el arrendador puede requerir de pago extrajudicialmente al inquilino como paso previo a instar el desahucio judicialmente o el embargo de bienes para hacer frente a la deuda.
Si el requerimiento es judicial es porque ya hay iniciado un procedimiento previo al embargo si no pagas en el plazo fijado.