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Kalimotxo

inquilino/a

Registro de la Propiedad

En el registro de la propiedad sale como titular la mujer de la persona que firma el contrato de alquiler.

Para la ayuda de los 210€, ¿con ser cónyuge basta o se tiene que aportar una autorización para comparecer en su nombre en el contrato de arrendamiento?

  • Preguntado por: Kalimotxo
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Jaime Feiner Alonso ha sido el primero en contestar
  • Jaime Feiner Alonso

    profesional

    Si la persona es cónyuge se sobre-entiende (a mi modo de ver) que al existir comunidad de bienes (al estar la pareja en gananciales) tiene potestad para la firma del contrato y por tanto es válido para el menester que manifiesta.

    Saludos

    Jaime Feiner

    j.feiner.catocc@gmail.com

     

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