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Quiero alquilar mi piso en la playa pero me han advertido que algunos inquilinos se pasan con el gasto de luz y agua, al final gastan casi tanto como el propio alquiler. Así que quisiera agregar a mi contrato una cláusula dejando claro que se cobrarán los excesos de gastos de luz y agua, si los hubiere descontándolos de la fianza.
Gracias por adelantado!
juntoalmar Puede poner en el contrato las diferentes lecturas y a partir de qué nº de lectura debe pagar el inquilino.Por ejemplo:el contador de luz marca 087654,70 y sólamente está incluído en el alquiler hasta 087729,70 (75kw)el resto lo pagará el inquilino si se sobrepasara.Lo mismo con el agua
Gracias por contestar, no cobro íntegramente los consumos y sí los excesos pues al ser un alquiler vacacional lo que se espera y presupone siempre de estos alquileres es que los consumos estén incluidos en el precio final.
Cláusula .- la parte arrendataria abonará al arrendador en cada factura de la Cia. eléctrica del piso, los excesos de consumo que sobrepasen xxx KW. y en cuanto al agua, el exceso de xxx M/3 por factura. - no ponga nada de que lo descontará de la fianza.
Y, por qué? no cobra integramente los consumos de suministros íntegros durante toda la temporada, creo se ahorraría quebraderos de cabeza.