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Me acabo de enterar que tengo que depositar la fianza de mi alquiler de febrero de 2012 en hacienda mediante el modelo 806. Cuando el contrato termine, ¿como recupero ese dinero? Si lo recupero, ¿en qué plazo?
Ese dinero quién lo debe recuperar es su inquilino, que es suyo. Usted deberá recogerlo del organismo competente, con el documento de finalización de contrato o una declaración jurada, y reintegrarlo a su propietario, descontando las facturas que lleguen en ese periodo y los desperfectos anotados en el documento de fin de contrato.
1.- Hacienda nada tiene que ver con esto. La fianza se deposita en el Organismo que haya decidido su Comunidad Autónoma.
2.-Para recuperar ese deposito tendráque acreditar el fin del contrato.
3.- El organismo depositario tiene treinta días para devolverle la fianza.
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