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FANTAZERO

casero/a

Cómo recojo las llaves sin dar por finalizado el contrato?

La inquilina se marcha sin cumplir la duracion anual del contrato y me ha dicho que me quiere devolver las llaves, ¿como recojo las llaves sin que se de por finalizado el contrato y pueda ir contra ella judicialmente? Y si alguien tiene un modelo de esa recepcion de llaves, muchas gracias y enhorabuena a todos por este foro

  • Preguntado por: FANTAZERO
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Si deja la casa abierta es responsabilidad del inquilino y al mismo tiempo, con el contrato vigente, sigue estando obligada al pago de la renta. Advirtiendo estas cuestiones al inquilino supongo que no querra correr con ese riesgo.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • FANTAZERO

    casero/a

    Lo primero es darles las gracias por la pronta respuesta y lo segundo: ¿significa que estando seguro como la conozco que no va a estar de acuerdo en firmar nada no debo recoger las llaves y esperarme que me las de el juez? ¿y si deja la casa abierta y se marcha sin mas? ¿y si le digo que deje las llaves en el buzon? ¿o al entrar yo tambien supondria la posesion de la casa y no podria ir contra ella? Quisiera una idea practica, es decir no tengo problemas por ponerle un desahucio por falta de pago, lo que me preocupa es que deje la casa abierta y se marche, un saludo y gracias de nuevo

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola fantazero:

    coincido con la respuesta de mi compañero Pedro Martinez

    Reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    La pregunta es en si una contradicción.

    Si se recogen las llaves se está aceptando la entrega de la posesión, por lo que el contrato se ha resuelto de mutuo acuerdo. Distinto es el acuerdo por incumplirlo que, en todo caso debe firmarse, pero la subsistencia del contrato yo la veo imposible.

    Los modelos sirven para lo que sirven, es decir, para casi nada en manos de quein no sabe darles un uso correcto.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es

     

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

     

    Firma el documento de fin de contrato, indicando la indemnización por incumplimiento de contrato y la perdida de la fianza por parte de la arrendataria. Los arrendatarios tienen que firmar dicho documento, ya sea en acuerdo o en desacuerdo con este, así podrás reclamar judicialmente lo que en este se refleja, el juez decidirá si es lo correcto o no.

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