Mediante la correspondiente demanda de juicio ordinario, que solo merecerá la pena si se tiene la seguridad de cobrar. Pero no podrá pedir rentas si vuelve a alquilar la vivienda o incluso si la pone en el mercado de alquiler, es decir, si dispone de ella.
Primero debería dirigirle un burofax manifestando como ha encontrado el piso y reclamando lo que considere oportuno, luego acudir al Juzgado si la solvencia del ex-inquilino lo aconseja.
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