Buenos días, La LAU establece que hasta los 6 meses no se peude desistir del contrato de arrendamiento. Si el inquilino se va antes, el propietario puede reclamar las rentas de esos 6 meses o los meses que falten para cumplir los 6. Y, además, se puede establecer una penalización en el contrato, que es un mes de renta por año o mes que reste por cumplir. Saludos.
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