Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Buenas,
vamos a alquilar nuestro piso, la agencia ya nos ha encontrado a nuestros futuros inquilinos y nos piden que firmemos lo antes posible el contrato porque la nueva inquilina quiere escolarizar a su niña en la zona. En principio quieren firmar el día 13 pero con fecha de contrato día 1 de marzo, nos ha dicho q el día 13 ya entreguemos unas llaves y mientras q acaba el mes van realizando mudanza y pintando.. A mi me parece demasiado pronto pero lo q mas me preocupa es cuando realizar los cambios de nombres de recibos, creéis q se deberían hacer en el momento de entrega de llaves o de comienzo del contrato?yo Esque opino q como minimo ya que entrego las llaves medio mes antes, se hagan ya los cambios y desde la agencia me dicen q no me preocupe que ya se harán...
gracias
Pedro,busca en tu istorial de correo,pues hemos tenido correos entre ambos ,el ultimo el 4-03-2014
Javier, pues no lo tengo y no se te pueden enviar mensajes a través de La Comunidad
Jo. Pedro con lo listo y espabilado que tu eres. é-mail (que lo tienes)
Javier, avisar ¿A donde?
Montse coincido con mi compañero Pelayo en lo de la carencia, pero subrayo que antes de entregar las llaves, con carencia o sin ella, se asegure lo mejor posible contra sorpresas desagradables, como le ha señalado Javier tenga en su poder la fianza y garantías de cobro de seis o más meses de aqluiler.
Pelayo,por lo menos aquí en el Pais Vasco,no permiten hacer facturas hasta un determinado día
Buenos días.
Puede entregar las llaves el día 13, pero no poniendo como fecha de firma el día 1 de marzo. Lo que tiene que hacer es firmar el arrendamiento desde el día 13 y decir que se da una carencia hasta el día 1 del mes siguiente. Económicamente los efectos son los mismos, pero jurídicamente no tiene nada que ver.
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/10-consejos-arrendador/
En cuanto al cambio de suministros, hay muchas ocasiones en las que puedes dar tú mismo la lectura de los contadores y pedir que se emita una factura hasta esa lectura a nombre del titular actual y las siguientes nombre del otro. Cuestión distinta es si en lugar de un cambio de titular de contrato lo que quieres hacer es simplemente un cambio de responsable de pago (en cuyo caso no te suelen dejar hacerlo).
Saludos,
Bienvenido Javier, estuve recientemente en Algorta.
Montserratgomez le facilito el enlace al DECALOGO DEL CASERO, aunque vd ponga que es inquilino.
Coincido conambas respuestas, las simulaciones no son recomendables, le recomiendo que antes de firmar lea el decálogo del casero en el enlace que le dejo.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/