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anvun122

inquilino/a

Quiero saber dónde puedo localizar la ley que marca que el arrendador tiene 30 días para revisar el piso?

Tengo entendidoque hay 30 días máximo para hacer, por parte del arrendatario, cualquier reclamación de facturas o sobre el estado del piso. ¿Es así? Si ya han cumplido esos 30 días, ¿podría reclamar ago a posteriori? Gracias

  • Preguntado por: anvun122
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (8)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola:

    En mi opinión, como ya he dicho en alguna otra ocasión, el documento de fin de contrato facilita muchísimo tanto la acción de reclamación de daños como la acción de reclamación de la fianza según el caso, pero la inexistencia del mismo no es, en determinados casos, un obstáculo insalvable para ejercer la primera de las acciones mencionadas, si se cuenta con otras pruebas tales como actas notariales, informes periciales, testificales,etc. Y todo ello basado en los artículos 1561 en relación con el 1560 y el 1559.

    Reciban un cordial saludo.

    reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

     

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Tan fácil como que cualquier cosa que se intente reclamar y no hayan pruebas de que se han hecho antes de la finalización de contrato no lo van a poder reclamar, más que nada pq no se puede demostrar que no lo han hecho ellos mismos. Si tú aceptas las llaves y no reclamas nada, y no estipulas las reparaciones necesarias en el documento de finalización de contrato, más vale que acudas con un notario que dé fe de que esas reparaciones son necesarias, y si acuden con el notario depués de la entrega, estamos en las mismas.

    Así que, si no está especificado en el documento de finalización de contrato, difícil lo veo. El código civil sirve para los dos casos, tanto en la recepción de las llaves por parte del arrendatario como a la inversa.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Bueno. Lo de que es así al empezar, estoy de acuerdo, lo dice el código civil. Pero lo que sea lo mismo al salir. Yo me quedaría mucho más tranquila si lo pone el finiquito.

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Amparo, si se aceptan las llaves y no se estipula nada al respecto sobre cosas susceptibles de ser abonadas mediante la fianza se entiende que el piso es devuelto en buen estado.

    Esto es así tanto al empezar como al terminar.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    anvun122 Por aceptar las llaves no se entiende que el piso esté en buen estado.

    se entiende eso si así lo expresa el finiquito.

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Siempre que se abandona una vivienda es inexcusable firmar el documento de fin de arrendamiento, en este contrato se reflejará todas las incidencias o desperfectos. El arrendador dispone de 30 dias desde la firma de este contrato para devolver al arrendatario la fianza, y solo podrá descontar de esta los suministros consumidos por el arrendatario y lo reflejado en el contrato de fin de arrendamiento. Si no los devuelve pasado este tiempo con ponerle un monitorio, en el cual no se necesita ni abogado, ni procurador es suficiente para recuperar el resto de la fianza. O sea que no tiene 30 dias para revisar la vivienda, sino para devolver el resto de la fianza.

    saludos                                                                                                                              

    oscar

  • anvun122

    inquilino/a

    Gracias Amparo BB. Entonces no hay duda, ese palzo estipulado que he leido yo por algún sitio no existe. Una vez se entregan las llaves se entiende que se acepta el buen estado del piso (con el contrato de fin de arrendamiento) claro.

    Es que pensaba que aun se podía reclamar algo. Gracias

    • Respondido por: anvun122
    • Hace 11 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No podrá encontrarla. Porque no existe.

    el arrendador tiene 30 días para devolver la fianza, pero no para revisar el piso.

    el piso se revisa (tomándose el tiempo que sea necesario) el día de la entrega de llaves y firma del finiquito.  

    si en ese finiquito no se especifica ningún desperfecto, la fianza se habrá de reembolsar íntegramente al inquilino, en un plazo no superior a 30 días (si se demora más tendría que pagar intereses. Eso sí lo dice la lau en su artículo 36)

    Documento fin de contrato (por desistimiento) y entrega de llaves
    Documento fin de contrato y entrega de llaves

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

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