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Voy a alquilar mi piso, y me voy con la novia a vivir al suyo, pero si pasado un año y medio, la cosa va mal con la novia y rompemos (no estoy casado con ella ni tengo hijos), ¿yo podria volver a mi piso y que el inquilino dejase mi casa aunque este no quisiera?
Muchas gracias por tu respuesta, ahora lo tengo más claro
Un saludo muy grande
La cláusula sería algo así:
"La duración del presente contrato se pacta por un período de 1 año, a contar a partir del x de mes de 20xx , día en que se entregará a la parte arrendataria la posesión de la vivienda y las llaves de acceso a la misma, y, quedará extinguido el x de mes de 20xx. El plazo pactado es de cumplimiento obligatorio para las partes. Llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de 5 años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mínimo de 30 días de antelación a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo. AHORA VIENE LO TUYO Las prórrogas no tendrán lugar en caso de necesidad de la vivienda por la parte arrendadora para ser ocupada por EL ARRENDADOR, en caso de separación de su actual pareja, como vivienda permanente para él.
Saludos.
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Tiene que hacer constar en el contrato que necesitará el piso para usted en el plazo de un año.