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Hola a todos/as,
Tengo que alquilar una habitación de mi casa, pero no tengo ni idea de dónde están los límites, es decir, qué servicios van o no incluidos, con el alquiler?, como disponibilidad de la cocina, limpieza habitacion, desayunos y comidas, conexión a internet, gastos luz, agua, gas, no se me ocurren mas, pero seguro que los hay y tambien si debo hacer contrato.
Espero vuestra ayuda.
Saludos
Pintoram54
El alquiler de una habitación no está sometido a la Ley de arrendamientos urbanos, sino a las normas generales del Código Civil y de la Ley del IRPF. El contrato puede ser verbal o escrito e incluir todos, algunos o ninguno de los conceptos que ha mencionado y aún otros, pero si incluye algún servicio como comidas o limpieza entonces aparece una actividad regulada administrativamente por su comunidad autónoma, poco o nada intervencionista si se trata de una sola habitación.