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Los pisos optan a Viviendas de Protección Oficial, el trámite esta en proceso y en aproximadamente 6 u 8 meses se terminará de calificar como V.P.O. Para ello no debe haber ningun inquilino en las viviendas puesto que el Instituto de la Vivienda asigna por sorteo a quienes vayan a ocupar las mismas.
El problema es que no quisiera perder todos esos meses sin alquilar las viviendas ya que tengo una cuota mensual altísima que satisfacer con el banco y no puedo darme el lujo de tener las viviendas desocupadas de aquí a 8 meses o más! (lo peor es que no se sabe cuando se calificarán)
Que tipo de contrato de alquiler debería de realizar para que a la hora de calificar las viviendas, pueda amablemente solicitar al inquilino que desocupe la vivienda? y especialmente no entrar en conflictos con nadie.
Gracias de antemano.
Sebastian M.
Pues yo de tí no me la jugaria.
El contrato tiene que ser temporal, y especificar muy bien el tiempo y el motivo de la temporalidad, por ejemplo un profesor que ha sido destinado a esa zona y necesitará la vivienda x meses" sin que esa sea su residencia habitual.
El problema es como intentes alquilar como temporal y alguien pase a usarlo como vivienda, que entonces podrán optar a estar 5 años en esa vivienda, con lo que tu vpo estará siendo incumplido y podrás recibir una sanción del copón.
Si te decides a intentarlo, lo que no deberías ni dudar un segundo es en contratar a un abogado especialista para que redacte el contrato y lo deje todo muy bien atado