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Quiero adoptar un perro y en el contrato no lo prohíbe. Debo cosultarle al propietario si puedo tenerlo?
Gracias
Crazyh,cómo se nota que de pequeño te chupabas el dedo y te lo untaban con picante.
Por cierto, la solución es bien simple.
"pinta" los marcos de las puertas con mostaza picante, sin que el animal te vea, y dejará los marcos de las puertas en paz.
De todas formas, el seguro de rc y que cubra asistencia jurídica y tus propias cosas, va de lujo.
Alfonso Moyano, ¿ Qué tipo de perro pequeño conoces que se desfoga con las puertas?
Casualmente, esa conducta es más propia de cachorros de gran tamaño que de perros pequeños o medianos.
No tienes que comunicar nada ,lo que sí debes , es hacerte responsable de los destrozos si los hubiese
Plantéese la conveniencia de contratar un seguro de responsabilidad civil, si no lo tuviese ya; pues una mascota, aunque son estupendas, suelen hacer de las suyas como "bebés" que son... y a menudo, los perros pequeños se desfogan con marcos de puertas que posteriormente tendrá que pagar de su bolsillo si no media un seguro.
Saludos cordiales.
No hace falta. Si el contrato no prohibe la tenencia de animales, puedes tenerlo. Supongo que no le consultas lo que puedes comer a tu casero, ¿ verdad?