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No se quiere ir mi inquilino de mi piso no tiene contrato y no me paga, ¿qué hago?
Hola Lunitaaa:
1º) Los contratos de arrendamiento verbales tienen la misma validez y eficacia legal que los celebrados en forma escrita, pero presenta el problema de pactar lo probado. Un arrendamiento verbal puede ser probado a través de varios medios: recibo de correo, certificado de empadronamiento, testificales de vecinos, alta de algún suministro(luz, internet, teléfono..)
2º) Teniendo en cuenta lo expuesto en el punto anterior, si el usted cambiase las cerraduras su arrendataria podrá denunciarla por un delito o falta de coacciones y, con toda seguridad, usted sería condenada.
3º Por lo tanto usted debe contratar los servicios de un/a abogado/a y un/a procurador/a para que insten demanda de resolución de contrato por impago de rentas acumulando acción de reclamación de las mismas.
Reciba un cordial saludo
También me han aconsejado de que vaya cuando el no esté que cambie la cerradura y saque sus cosas ordenadamente fuera del piso, puede pasar algo a temas legales si hago eso?
Gracias por vuestras respuestas. Si me deja a deber dinero no es que me de igual pero lo que quiero es que se vaya.
El problema es que no puedas probar cuánto tiempo ha transcurrido desde el inicio del alquiler. Como dice Amparo, no tienes más remedio que acudir a la vía judicial.
Buscar un abogado experto en arrendamientos para que interponga una demanda de desahucio por impago.
Saludos - Papeleos Alquiler.