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El 30 de junio del año pasado se cumplió 8 años desde que firmé el contrato con mi inquilino, en noviembre le dije que se tenía que marchar (pero no porque no me page sino porque necesito el piso) pero no hizo nada mas que poner pegas. Viendo que no se iba le he mandado un burofax donde le notifico mi intención de no prorrogar el contrato y le doy hasta el 31 de marzo como fecha límite. Si el 1 de abril le interpongo la demanda donde le digo que le doy 15 dias para que se marche, si se allanase ¿quién tendría que pagar las costas?.
Normalmente si el inquilino no se marcha habiendo habido preaviso tendrá que pagar las costas aunque se allane.