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Vamos a formalizar un contrato y como mi padre es muy mayor nos preguntamos si sería más adecuado que se ponga un heredero o él, que es el propietario.
El fallecimiento del arendador de ningún modo es causa de resolución del contrato de arrendamiento, el heredero o heredeeros quedan subrogados en el mismo.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
El fallecimiento es causa justificada para rescindir el contrato
tiene que ser el propietario del piso pero si el propietaria del piso fallece automaticamente quien queda de responsable es el heredero.