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Es de libre pacto en el contrato de arrendamiento, si no pone nada en este, deberá pagarlo el arrendatario, y la argumentación es que paga el servicio quien lo genera y necesita.
Corresponde a los inquilinos ya que son los que generan las basuras y creo que va según la cantidad de personas empadronadas.
En algunos pisos no se paga porque está incluido en el recibo del I.B.I, pero en Madrid lo sacaron de él.
yo tb diría que lo tiene que pagar el inquilino. Claro que me hace un favor el casero si no me lo pide, pero hasta ahora casi siempre me he hecho cargo de esta tasa y lo veo lógico también. Saludos
Sin complicarte mucho puedes decirle que el generador de la basura es el y que el sujeto pasivo de ese tributo es el.
para reclamar su pago judicialmente no necesitas dar ninguna explicacion
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es