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Se lo han notificado al inquilino, pero al ser nuevo tengo la duda.
gracias
queirda mari lolis, me da la impresion que tu apreciacion la tenemos todos en Andalucia, que estan sacando dinero de donde no lo hay y por eso resucitan este impuesto, el cual personalmente lo veo injusto a todas luces.
inmoboteros me haas dejado boquiabierta... estan tan desesperados por sacar dinero que ya buscan hasta debajo de las piedras.
en respuesta a su pregunta, este impuesto "fantasma" existe desde 1993, pero nunca se habia puesto en practica, , dicho impuesto es similiar al de actos juridicos ducumentados ( famoso modelo 600) pero grava al alquiler, el impuesto es exigible al inquilino y debe ser el quien lo abone, pero si este no lo abona sera reclamable al propietario el cual podra detraerlo de la fianza antes de su devolucion ( ese punto aun no lo tengo muy clero aun estoy informandome) increible pero cierto.
se calcula en base a la renta y al periodo de alquiler, tomando como base 3 años para los contratos sin especificacion de tiempo, y para los de duracion determinada la que estipule el contrato ( para 11 meses que no estipulen vivineda no habital sera de 1 año).
evidentemente si no se retira la fianza en el plazo establecido en contrato se abonara el impuesto correspondiente al exceso de plazo del contrato y si se retira y se hace un nuevo contrato pues a pagar otra vez.
la noticia de la entra "de nuevo"en vigor de este impuesto pudo leerse en el diario de sevilla en Enero ( puede consultar la emeroteca de este periodico en su webdisculpe pero no recuerdo el dia de publicacion).
el impuesto se esta aplicando sobre todos en aquellos contratos que depositan la fianza en la consegeria de hacienda de la junta de andalucia " ojo este impuesto no se si es nacional, pero en andalucia se esta empezando ya aplicar".
espero solventar alguna de sus dudas, recuerde que aun estoy informandome correctamente y puede que cometa algunos errores en esta informacion, pero cuando tenga mas informacion la difundire en este medio.
Parece que cuando entregas la fianza en la consejeria de Hacienda, se genera un impuesto, que parece notifican al inquilino, teniendo un plazo de presentacion,etc.
Es todo lo que se.