Frente a la comunidad, el único responsable es el propietario, y es al único al que la comunidad podrá reclamar las cuotas. Eso no queda desvirtuado por los pactos que Vd., tenga en el contrato de alquiler
Debe pues pagar la comunidad, y después, si el contrato está bien redactado y lo permite, debe Vd., reclamarle al inquilino.
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